top of page
Buscar

Inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias en las jubilaciones

  • Foto del escritor: Dr. Oscar Brunetti
    Dr. Oscar Brunetti
  • 25 mar
  • 2 min de lectura

Si usted es jubilado/a, pensionado/a o retirado/a y sufre retenciones por Ganancias, es posible que tenga derecho a reclamar. Cada caso debe analizarse individualmente, pero la jurisprudencia actual ofrece un camino claro para proteger sus ingresos y su calidad de vida.


¿Cómo reclamar la inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones?

Durante años, miles de jubilados y retirados vieron reducidos sus haberes por la retención del Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el histórico fallo “García, María Isabel” (2019), abrió la puerta para que quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad puedan reclamar judicialmente la inconstitucionalidad del tributo aplicado sobre sus prestaciones previsionales.


En este artículo explico, de manera clara y práctica, cuándo corresponde reclamar, qué documentación se necesita y cómo es el proceso judicial. ¿Por qué se puede reclamar?

La Corte sostuvo que gravar jubilaciones sin considerar la vulnerabilidad propia de la vejez resulta irrazonable y contrario a la Constitución Nacional. El impuesto, aplicado de manera uniforme, desconoce:

  • El mayor gasto en salud

  • La disminución de ingresos

  • La protección especial que la Constitución otorga a la ancianidad (art. 75 inc. 23)

Por eso, en casos concretos, los jueces pueden declarar inconstitucional la retención.


¿Quiénes pueden iniciar el reclamo?

Pueden reclamar jubilados, pensionados o retirados:

  • A quienes se les descuenta Ganancias sobre su haber

  • Que acrediten gastos relevantes en salud, medicamentos o tratamientos

  • Que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica

  • Que perciban un haber que, aun superando el mínimo no imponible, no cubre adecuadamente sus necesidades

No es necesario agotar la vía administrativa: la acción puede iniciarse directamente en sede judicial.


Documentación necesaria

Para iniciar la demanda se suele requerir:

  • Recibos de haberes con las retenciones

  • Constancias de gastos médicos o farmacéuticos

  • Certificados de tratamientos o patologías

  • DNI y constancia de CBU

  • Historia previsional o resolución de beneficio

Cuanta más documentación se aporte, más sólido será el planteo.


¿Cómo es el proceso judicial?

El trámite se realiza mediante una acción meramente declarativa de inconstitucionalidad (art. 322 CPCCN). El juez analiza:

  • La situación personal del jubilado

  • El impacto real de la retención

  • La doctrina del fallo “García”

  • La normativa vigente


Si hace lugar a la demanda, ordena:

  • Cese inmediato de las retenciones

  • Devolución de los últimos 5 años de descuentos, con intereses


Un ejemplo real

En un caso reciente tramitado ante el Juzgado Federal de San Martín, se declaró la inconstitucionalidad del impuesto aplicado sobre el haber de un retirado de la Policía Federal y se ordenó:

  • El cese total de las retenciones

  • El reintegro de 5 años de descuentos

  • La aplicación de intereses a tasa pasiva del BCRA.


Si esta en esta situación no dude en consultar.

 
 
 

Comentarios


bottom of page